Qué pasó
Osorno, septiembre de 2020. Gladys se compró un Ford nuevo: $20.390.000, con $6 millones al contado y el resto en cuotas. Su hija era quien más lo manejaba. En noviembre falló el navegador. Un día en el taller.
29 de diciembre de 2020, sector Pichil. El auto se apagó en plena marcha. Sin frenos. Sin dirección. Llegó la grúa y vieron la causa: el borne que conecta la batería se había cortado de raíz. Tenía tres meses de uso.
Al otro día le pusieron un borne sacado de otro auto nuevo. Pero Ford le mandó un correo: en estos autos, el soporte del sensor de la batería se puede romper y, si el motor se apaga, «no se puede volver a encender».
Siguieron las fallas: el motor «cascabeleaba», le cambiaron la caja de cambios. La automotora que lo vendió dejó de representar a Ford. Y en el juicio, Ford alegó que era solo el importador y que el plazo ya había vencido.
El momento
¿Y si volvía a apagarse en plena ruta?
Qué dijo el tribunal
El Juzgado de Policía Local de Osorno vio fallas nunca resueltas y un riesgo para su seguridad. Como la automotora ya no estaba, respondía Ford: multa de 300 UTM y cambiarle el auto por uno nuevo. La Corte lo confirmó.
La regla
Si la automotora ya no está, el importador te responde.
Ley 19.496, arts. 20 y 21


